Comentamos brevemente en este trabajo la Resolución 284/08 del Ministerio de Economía, mediante la cual se estableció el régimen de compensaciones a pequeños productores de soja o girasol de la cosecha 2007/08
EL REGISTRO DE OPERADORES DE GRANOS Y EL COMPORTAMIENTO DEL FISCO
Desde hace varios años el comportamiento del Fisco se ha tornado cada vez más abusivo respecto de los contribuyentes, amparado en una legislación de fondo asaz permisiva en tal sentido. Pero a su vez corroborado por resoluciones, notas externas , dictámenes e interpretaciones de todo tipo que avanzan sobre los contribuyentes de manera agresiva y casi prepotente
Nuestro colega y amigo Carlos E. Spina desarrolla en este trabajo un tema que siempre permanece vigente. Y específicamente describe cómo deben exponerse las amortizaciones de los bienes de uso en la declaración jurada por su incidencia en el resultado del período y en la variación patrimonial
Introducción
En este pequeño comentario no vamos a hacer un análisis de la posibilidad de deducción de las amortizaciones en este impuesto sino su correcta exposición en la liquidación del mismo.
Una buena administración permite reducir la carga tributaria
En los últimos años, la enorme cantidad de normas dictadas en materia tributaria ha hecho que en general las empresas trataran de adaptarse al vertiginoso cambio acontecido tanto como les fuera posible. Sin embargo, la inmensa carga tributaria (que a su vez es una forma de intentar disimular la ineficiencia estatal a la hora de controlar el cumplimiento fiscal y que nadie mide en términos económicos como formando parte de la propia presión tributaria)
Desde el 1º de junio próximo será posible abonar distintas obligaciones impositivas y previsionales mediante tarjeta de crédito. Resumimos a continuación el alcance de la normativa que acaba de dictarse.
Mediante el dictado de la RG (AFIP) 2436, el organismo recaudador dispuso finalmente ampliar los métodos de pago de distintas obligaciones, normado por la RG (AFIP) 1644. En lo que entendemos es una primera etapa, las obligaciones que pueden cancelarse mediante esta forma de pago, no serán todas. Detallamos a continuación las que están incluidas.
LEY Nº 26.360 - PROMOCION DE INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA - Institúyese un régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos excepto automóviles , que revistan la calidad de bienes muebles amortizables en el Impuesto a las Ganancias, destinados a la actividad industrial, así como también para las obras de infraestructura excluidas las obras civiles que reúnan las características y estén destinadas a las actividades que al respecto establezca la reglamentación.
A través de la resolución Nº 15/2008 el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto el reempadronamiento de todas las sociedades comerciales, fundaciones y asociaciones civiles con domicilio en la jurisdicción. A su vez la resolución 5/2008 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas estableció las condiciones y plazos para cumplir con esta disposición.
Únicamente no deben efectuar este trámite las sociedades, fundaciones y asociaciones civiles que tuvieran inscripción posterior al 31 de diciembre de 2006.
El colega Carlos E. Spina desarrolla en este trabajo este interesante tema y las consecuencias a que da lugar.
La consulta vinculante está normada en el artículo sin número a continuación del 4, de la Ley de Procedimiento Fiscal (11.683), con vigencia desde 06/07/2005 y si bien existía un régimen anterior no será analizado.
Si bien ha venido comentándose la posibilidad de una nueva prórroga, al momento de publicar este trabajo no hay ninguna novedad al respecto.
Los problemas derivados de la deficiente atención que viene observándose en las dependencias de la ANSES han hecho surgir versiones sobre una posible prórroga en la eliminación del llamado Fondo Compensador, que es el sistema vigente hasta el presente según el cual son los mismos empleadores los que abonan las cargas sociales. Nos consta que son muchos los que desde hace varios meses vienen bregando por cumplir con exigencias que varían según la UDAI a la que concurren e incluso según quien sea el empleado que los atiende.
Nos parece de interés dar a conocer las respuestas que da el organismo recaudador ante las consultas sobre determinados temas que formula regularmente la llamada Comisión de Enlace del Consejo Profesional de la Capital Federal
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CONDICIONES PARA EL CÓMPUTO DE FACTURAS
La AFIP ha respondido que las condiciones exigidas por la ley 11.683, artículos 33.1 y 34 quedan supeditadas a lo que exija la reglamentación. Recordamos que el artículo 33.1 obliga a los contribuyentes a constatar que las facturas de los proveedores se encuentren autorizadas por la AFIP, mientras que el 34 se refiere a los medios de pago y a facturas apócrifas.
También se ha consultado sobre las implicancias del artículo 8 inc. h) respecto de la responsabilidad solidaria ante la facturación apócrifa o no autorizada, a lo que la AFIP también respondió que se obrará de acuerdo a lo que disponga la reglamentación.
La AFIP incorporó la versión 9.0 del aplicativo que los contribuyentes deberán utilizar para declarar sus obligaciones fiscales correspondientes a 2007
Hemos recibido numerosas consultas respecto de la utilización del system denominado Su declaración , especialmente luego de la publicación de la RG /AFIP) 2407 que modifica la anterior RG (AFIP) 2192. Comentamos en este trabajo los aspectos más salientes.
Recursos de la Seguridad Social. Sistema "Su Declaración". Procedimiento para la confección vía Internet de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones. Adecuaciones. Vigencia
Mediante esta R.G. se introducen modificaciones en la RG 2192.
Si bien la implementación será paulatina, el Sistema Su Declaración será obligatoria para los empleadores que registren hasta cinco empleados en el período mensual que se declara. De incrementar su nómina hasta un máximo de 10 trabajadores deberá continuar generando las declaraciones por el sistema.
Será optativa para los empleadores que registren entre 6 y q0 empleados, excepto que se trate del supuesto de incremento de personal mencionado anteriormente.
Si con posterioridad la nómina disminuye a cinco o menos, el uso será obligatorio-
ACLARACIONES DE LA AFIP SOBRE EL NUEVO SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS
Mientras está definiéndose una prórroga en el lanzamiento final del nuevo sistema, que comenzaría a regir a mediados de año para los grandes contribuyentes nacionales y los cierres comerciales de enero, febrero y marzo, la AFIP ha salido a contestar las dudas que presentan los profesionales
Nuestro colega Carlos Spina comenta en este trabajo una Instrucción General de la AFIP en la cual se determinan pautas para la reducción de multas aplicables ante infracciones en materia tributaria
Mediante Instrucción General (AFIP) 6/2007 se establece la graduación de sanciones por infracciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, a través de parámetros que se establecen.
De la misma manera se enumeran las circunstancias atenuantes y agravantes,