Nuestro colega Carlos Spina comenta en este trabajo una Instrucción General de la AFIP en la cual se determinan pautas para la reducción de multas aplicables ante infracciones en materia tributaria
Mediante Instrucción General (AFIP) 6/2007 se establece la graduación de sanciones por infracciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, a través de parámetros que se establecen.
De la misma manera se enumeran las circunstancias atenuantes y agravantes,
Finalmente el Congreso aprobó las modificaciones a este insólito impuesto a la riqueza . Eliminó el mínimo no imponible y acentuó la progresividad de la tasa, que llega a 1,25% del activo en el escalón más alto.
El nuevo gobierno que asumirá el 10 de diciembre, tiene no pocas problemas por resolver. Las conjeturas de cómo lo hará y si lo hará son consecuencia directa de la falta de definiciones de parte de la presidenta electa, al menos hasta ahora.
PRÓRROGA PARA EL INGRESO AL SISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF) Y ACLARACIÓN SOBRE EL PAGO RETROACTIVO DEL ÚLTIMO AJUSTE
Tal como ha venido anunciándose, finalmente se oficializó la prórroga para el ingreso masivo al SUAF y la consecuente desaparición del fondo compensador para el pago de las asignaciones familiares.
PostergaciÓn cierre Fondo Compensador ResoluciÓn D.E.-N Nº 823/06 Prórroga
Buenos Aires, 24 de octubre de 2007
ANSES informa que se ha elaborado un Proyecto de Resolución mediante el cual se establece que desde el 1º de abril de 2008 se produciría la incorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares de todas las empresas que no la hayan requerido expresamente ni presentado solicitudes de reintegros de asignaciones familiares abonadas a esa fecha por Fondo Compensador, prorrogando de esta manera lo establecido en el artículo 3º de la Resolución ANSES D.E.-N Nº 823 de fecha 22 de septiembre de 2006.
Las empresas que se encontraran alcanzadas por lo mencionado en el párrafo anterior no deberán presentar documentación alguna ante ANSES hasta la firma de la nueva resolución donde se dará a conocer los nuevos plazos y documentación a presentar.
Mediante el dictado de la RG (AFIP) 2322/07 se instituye el procedimiento para solicitar la cancelación de la inscripción en las distintas obligaciones tributarias y previsionales
Exponemos brevemente el tratamiento impositivo de las erogaciones en concepto de intereses, un tema que siempre ha dado lugar a controversias y malos entendidos.
Acuerdos de precios forzados, bajas de tasas de interés producidas luego de las amenazas públicas del Dr. Kirchner a los banqueros, repatriación de los fondos de las AFJP. El enfoque de las actuales autoridades sigue siendo el mismo desde el comienzo de la gestión: actuar sobre las consecuencias negativas que produce el llamado modelo productivo o industrial puesto en vigencia con el advenimiento del Dr. Duhalde como presidente en el año 2002 culpando a distintos sectores del quehacer económico sin asumir responsabilidad ninguna en los hechos.
La experiencia que cualquier ciudadano del común puede tener de lo que ocurre con esta forma de actuar nos eximiría de mayores comentarios. Pero como todavía hoy existe una extraña simbiosis entre las bravuconadas de los funcionarios y los deseos de la gente, nos parece relevante volver una vez más sobre las causas y las consecuencias de la política económica vigente.
A través de dos decretos el Poder Ejecutivo dispuso el incremento en las asignaciones familiares y también en el tope máximo de salario sujeto a aportes previsionales.
El uso del adjetivo pícaro es frecuente en boca del presidente Kirchner cuando se trata de intentar descalificar a los empresarios por aumentar sus precios de manera desmedida. Nos proponemos, desde una óptima exclusivamente económica, tratar de interpretar este calificativo.
Empecemos por definir qué es, para el Diccionario de la Lengua, el adjetivo pícaro: Vil, ruin, doloso, carente de honra y vergüenza. Astuto, taimado, bellaco. Muy bien, éste es el adjetivo que con más frecuencia utiliza el presidente Kirchner cuando, desde la tarima rodeada de la respectiva claque se dirige a la población entera a través de la radio y la televisión atacando a ciertos empresarios que suben los precios de sus productos. Ahora por lo menos son algunos, antes eran todos.
A partir del 1º de noviembre próximo, la totalidad de las empresas quedarán incluidas en el sistema de pago de directo de Asignaciones Familiares, creado en mayo de 2003.
Por DN "B" 57/2007 se modifica la DN "B" 01/04, respecto de las alícuotas correspondientes al régimen general de percepción y de algunos de los regímenes especiales.
Jurisdicción: Provincia De Buenos Aires - Organismo: Dirección Provincial De Rentas - Norma: DN B 57/07 - Fecha: 04/09/2007
Sumario: Se modifican alícuotas de retención y percepción de Ingresos Brutos.
Mediante la RG (AFIP) 2300 se introdujeron cambios en el régimen de retenciones aplicable a la comercialización de granos no destinados a la siembra y de legumbres secas. Se exponen a continuación los cambios fundamentales en la normativa.
Enumeraremos de manera rápida y concisa los cambios, en el entendimiento de que los contribuyentes afectados por el régimen de que se trata, ya conocen los aspectos tradicionales de la inclusión en el mismo.