Estimada Andrea
El caso planteado es bastante común. Pese a ello advierto que las SH son estructuras sumamente endebles (además de que todo negocio a desarrollar debe ser analizado no con el Código Civil de Velez Sarfield sino con el que en pocos meses entrará en vigencia y, concretamente para las SH, existen cambios sustanciales).
En principio, hoy día, las SH no pueden ser titulares de inmuebles, pero al margen de esto que podríamos conceptualizar como un detalle (al margen del nuevo código) es justo advertir que no permite separar responsabilidades por lo que toda actividad desarrollada por estos médicos alcanzará su patrimonio y, con ello, el inmueble. Por otro lado, desde el punto de vista tributario la transparencia del sujeto hace desaconsejable este tipo de métodos organizativos.
Por lo expuesto, creo que lo mejor seria una sociedad regular (SRL o SA si se quiere), con contabilidad ordenada. El tratamiento del inmueble respecto de la sociedad podrá ser una decisión a tomar por cada uno de los socios (aporte o alquiler).
Por último, no hay que olvidar que las SH, al momento de disolverlas, requieren un acto publicitario que, lamentablemente, la mayoría de la gente no realiza. Mi consejo, es estudiar el caso detenidamente teniendo en cuenta consideraciones legales y tributarias.
Si requieres asesoramiento puedes contactarme. Saludos
Saludos
Dr. Sergio Carbone
Contador Publico (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar
[email protected]
Tel: 4362-9602
Cel: 15-6660-9889
--------------------------------------------------------------------------------------
MIS BLOGS:
http://fideicomisoconstructivo.blogspot.com.ar/
http://asesoramientoimpositivoprofesional.blogspot.com.ar/