Retenciones RG 140 e IIBB

Tengo una situacion donde tres empresas que voy a denominar A, B y C, realizan operaciones segun el siguietne detalle.

A le vende a C

C le paga a A con tarjeta de credito a traves de B

B es la empresa designada por A para realizar sus cobranzas con tarjetas de credito a cambio de una comision. B actua a nombre propio.

 La cuestion surge por que al actuar B a nombre propio, va a ser el sujeto pasivo de las retenciones de IIBB e IVA (RG140) previstas para los pagos de cupones de Tarjetas de credito. No obstante dichas retenciones son sobre una base imponible mucho mayor que la que le corresponde a B ya que son sobre el total de la operacion, mientras que la base imponible de este actor es solo la comision que percibe por su intermediacion en el cobro.

Entonces, existe algun mecanismo previstyo por la normativa para que B puede trasladar hacia A la porcion de las retenciones que no le pertenece? O debe absorver las mismas, y generar saldos a favor recurrentes, hasta poder pedir una RG 17? 

Realemente he buscado por todos lados y no he encontrado nada. Solo hay algo para el temas del sector primario. Agradeceria muchisimo me den una mano.

Gracias

reduccion de costos laborales -. aportes y contribuciones

Consulta: si se le dio el alta a todo el personal, los ultimos fueron en mayo 2007, -2- personas - se puede igualmente hacer uso de la opcion de reduccion de contribuciones patronales o ya perdi ese derecho - somos una nomina de 10 personas y nuestra empresa entra dentro del regimen de empleados de comercio - gracias - es con urgencia la necesidad de respuesta.
atte

edith gonzalez

Re: Retenciones RG 140 e IIBB

Estimados:
Mi pregunta surge por que en mi Caja de Ahorro del Banco me estan apareciendo retenciones IIBB-Acreditaciones Bancarias. Deseo saber a que se debe esto. Yo no soy Autónomo ni Monotributista, trabajo en Relación de Dependencia.
Espero vuestra respuesta.
Gracias

Re: Retenciones RG 140 e IIBB

Al último que escribió: Te están reteniendo IIBB en Pcia de Bs As, debés tener domicio o bienes en esa jurisdicción. Fue un error de rentas que incorporó un nuevo régimen de retención de IIBB y omitieron excluir del padrón a todos los contribuyentes que no son sujetos pasivo del impuesto. De lo contrario la retención sería inconstitucional ya que adquiere las características de un impuesto, al no poder ser computado ante IIBB, y el impuesto no existe por el principio de legalidad (no hay impuesto sin ley que lo cree).

Recordá realizar el reclamo en la página del Arba que te devuelven la plata. Abrba ya sabe de este problema y ya lo solucionó para próximos meses.

Cualquier cosa te dejo mi mail: [email protected]

Saludos