Buenos dias, quisiera saber si para la constitucion de una srl cuyos aportes seran solo bienes registrables: ¿es necesario el deposito de un porcentaje del valor de los mismo en banco oficial?
Buenos dias, quisiera saber si para la constitucion de una srl cuyos aportes seran solo bienes registrables: ¿es necesario el deposito de un porcentaje del valor de los mismo en banco oficial?
Re: srl
[quote=Angelina]Buenos dias, quisiera saber si para la constitucion de una srl cuyos aportes seran solo bienes registrables: ¿es necesario el deposito de un porcentaje del valor de los mismo en banco oficial?[/quote]
Buenos días Angelina,
En primer lugar seria bueno saber si tu intención es constituir la SRL en Capital o en Provincia de Bs. As. Si todavía no lo tenes decidido te recomiendo hacerla en la provincia de Bs.As. porque es mucho mas económica y sencilla. Además en la DPPJ tenes la posibilidad de que el objeto sea multiple en cambio en IGJ el objeto debe ser acotado y preciso.
El porcentaje de deposito que hablas es el 25% que se debe integrar en el momento de la constitución cuando la misma se hace con aportes en efectivo. Con respecto a la constitución con aportes de bienes registrables no es necesario, lo que si debes saber que por ejemplo en pcia de Bs. As. los aportes en bienes muebles registrables y su valuación se justificarán mediante doble ejemplar del inventario donde se individualicen los bienes aportados por cada uno de los socios, con sus respectivos valores y antecedentes justificativos de la valuación con firma del o de los socios aportantes y de Contador Público.
Espero haberte ayudado y cualquier consulta avisame,
Saludos Cordiales,
Cdor. Christian Peñaloza
[email protected]
www.cpacontadores.com.ar