Primeramente, quienes estén en la atención al público, deberían ser los dueños del emprendimiento.
De lo contrario deberían ser empleados en relación de dependencia, o poder justificar que todos bien bajo el mismo techo y son parte del mismo grupo familiar (hijos que no trabajan y que ayudan a la economía familiar).
Todo depende de la edad de ustedes dos (con 20 años es una cosa, con 45 es otra).
Respecto a los impuestos, deberían tributar Impuestos Nacionales (AFIP, IVA o Monotributo), Provinciales (Ingresos Brutos) y Municipales (eso quien les tramite la habilitación en CABA se los va a poder explicar mejor, pero no sería más que un impuesto mensual fijo).
Si necesitan Asesoramiento Impositivo, podés contactarme.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
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