SE PUBLICO ALGUNA RESOLUCION POR LA CUAL SE DESCUENTA EL ITC AL CONTRIBUYENTE QUE EFECTUA LA COMPRA DEL COMBUSTIBLE. HE OBSERVADO EN ALGUNAS FACTURAS QUE AL PIE DE LA MISMA INDINCAN EL TOTAL VIAL/HIDR Y LUEGO EN VALOR NEGATIVO EL ITC. DE ELLO RESULTA QUE SE COBRA EN CONCEPTO NO GRAVADOS UNICAMENTE LO CORRESPONDIENTE AL A TASA VIAL/HIDRICA.
TENDRA ALGO QUE VER CON EL APROVECHAMIENTO DE ALGUNOS EN NO LIQUIDAR EL IMPUESTO Y HABERSE APROPIADO DE EL
GRACIAS