Factura Electrónica

Hola, estoy en el límite de categoría G y por pasarme a la H. Le tengo miedo al tema de la factura electrónica, la cuál es obligatoria para las categorías H en adelante.

¿Cómo es el tema? No debo usar mas el facturero manual y cada vez que tenga que hacer una factura la tengo que hacer desde el sitio web de la Afip? Aclaro que mis clientes son del exterior y no tienen cuit. Supongo que la factura electrónica te pedirá el cuit del cliente, si es así, no puedo hacer mas facturas???

Gracias por cualquier ayuda

Re: Factura Electrónica

Hola, por el momento creo que es muy difícil que me inscriba como exportador de servicios. Ya consulté con varios contadores y todos me recomendaron que no lo haga por lo complicados que son los trámites y por la escasa legislación que hay respecto a mi actividad. Momentáneamente emito facturas de monotributista y lo voy a seguir haciendo, como "servicios profesionales".

Ya se que no es la perfección, pero lamentablemente ni desde la Afip me supieron decir con seguridad cómo hacerme individuo exportador de servicios y en el interior no encontré alguien que tenga experiencia al respecto, por lo que decidí seguir como monotributista y conozco muchos casos similares, de profesionales (traductores, economistas, webmasters, etc.) que están en situación similar por la escasa experiencia al respecto. 

Ahora, volviendo a la cuestión de factura electrónica, leo en la resolución lo siguiente:

 

Quedan excluidos de dichas disposiciones las
facturas o documentos clase “C” que respalden
operaciones con consumidores finales, en las
que se haya entregado el bien o prestado el servicio
en el local, oficina o establecimiento.
 
Mis facturas son clase "C" y respaldan operaciones con consumidores finales. Se prestó servicio en el local.
 
¿Significa esto que aún puedo permanecer en la categoría H y emitir facturas en papel para clientes consumidores finales, que "asesoré" en mi "local".
 
Gracias

Oswald

Re: Factura Electrónica

Vamos por parte:

En primer lugar cuando haces la recategorización o modificación de datos, debes marcar que vas a hacer exportaciones.

En segundo lugar estas habilitado para emitir factura E de exportación, hay algunas imprentas que no estan al tanto pero es viable. Y es la forma correcta de respaldar la operación

En tercer lugar el comprobante E te permite justificar tu ingreso de fondos del exterior, por ejemplo abris una cuenta en dolares en el banco nacion y el comprador deposita allí. que seria lo correcto.

En cuarto lugar no tenes obligación de inscribirte en el Registro Especial de Aduana como Expoertador/Importar. por las caracteristicas del bien en cuestion.

Estamos a tu disposición para consultas o tramites.