Ref: La declaración voluntaria y excepcional Ley 27260. Se encuentra aclarado que no pueden tomarse en existencia inicial período siguiente “2016”..Pero deben tomarse en existencia final del mismo período? Agradezco respuesta aclaratoria..
Los bienes de cambio exteriorizados como quedan en existancia final?
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26 Noviembre, 2016 - 02:41
#1
Los bienes de cambio exteriorizados como quedan en existancia final?
28 Noviembre, 2016 - 19:22
#2
Encontraron esto útil
Lo que hacés al 22/07, es exteriorizar lo que hasta dicha fecha no está declarado en la activdad.
Por esa razón, al 01/01/2016 no puede existir como existencia inicial, pero nada indica que no puedas tomarlo luego como existencia final al cierre, por lógica.
Saludos.
Gabriel Sequino
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