TENGO QUE CATEGORIZAR A ALGUIEN QUE SE ADHIRIO AL MONOTRIBUTO EN ENERO 2010 POR SU ACT PRINCIPAL (ARRENDAMIENTO) Y A PARTIR DE ABRIL INICIO UNA NUEVA ACT (PINTURA Y DECORACION), POR ESTA ULTIMA SOLO TIENE UNA FACTURA DE ABRIL. PARA RECATEGORIZARLO TOME EN CUENTA LOS ING BRUTOS DE LOS 12 MESES ANTERIORES DE LA ACT PRINCIPAL Y SOLO SUME EL MES DE ABRIL DE LA ACT SECUNDARIA (SIN ANUALIZAR) PORQUE ME DIJERON QUE NO ERA NECESARIO. Y ASI DETERMINE LA CAT DE LA TABLA DE LOCACIONES Y SERVICIOS. ESTA BIEN QUE NO HAYA ANUALIZADO LA ACT SECUNDARIA?? ESPERO ALGUIEN PUEDA RESPONDER LO ANTE SPOSIBLE... DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS!!!
Re: CONSULTA MONOTRIBUTO: SI SOY MONOTRIBUTISTA POR UNA ACT ...
Hola en el monotributo como bien lo mencionás cada 4 meses hay que hacer la recategorización los que estan en el regimen simplificado y hayan sufrido cambios en algunos de los parámetros.En mayo comenzó a finalizar los dias 20/5 y luego 20/09 y 20/01. tenés que tomar en cuenta para el parámetro de ingresos las actividides que desarrolla, se suma la principal mas la secundaria,(pùede ejercer hasta 3 actividades máximo) el caso que planteas tenes que sumar los ingresos de la act pcipal. del 30/04 hacia atras tomando un año si lo hubiese tanto para una actividad como para la otra, es decir hay que sumar las dos actividades. pd: No te olvides de darle de alta a la actividad secundaria, eso se hace por el sistema registral.
(cuando dice en función de la principal quiere decir que si por ejemplo ejerces algun servicio y tus mayores remuneraciones lo optenés por ventas tu act principal va a ser la que mayor ingresos tengas entonces te anotas en ventas y no en servicios y luego dice que tenes que sumar las dos actividades para saber el parámetro). Espero que te sirva..
Te dejo copiado una pregunta con respecto a este tema que esta respondido en el abc de afip
ID 11361687
Si realizo más de una actividad, ¿como debo categorizarme?
27/11/2009 12:00:00 a.m.
En función de la actividad principal, pero sumando los ingresos brutos de todas. Asimismo, no puede exceder de 3 actividades.