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Si el automovil lo compró con factura como Monotributista y no como Consumidor Final (eso determina tenerlo afectado a la actividad) deberá facturarlo, aparte de hacer el boleto de compra venta, para sacarlo del patrimonio de su "empresa".
La utilidad por la venta, no tributa Ingresos Brutos ni debe ser considerado a los efectos del cálculo de la recategorización cuatrimestral.
saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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