Hola, tengo la sig. duda que no ubique en el foro como para orientarme: Debo valuar un inmueble sito en CABA adquirido en el 2do trim. del 2013, tengo valor de compra y gtos escrituracion. Mis dudas son: debo compararlo con el VFH o con el vfh multiplicado por el USC, (creo que es 4), se que es un problema que genero muchas dudas a partir de la reforma que se hizo en CABA, por otro lado como debo hacer para determinar el valor residual del inmueble, ya que al ser inmueble construido en 2013 en la boleta de ABL no figura discriminado el valor del terreno, hay que realizar un calculo en particular o hay una tabla de coeficientes para determinar el valor residual?
Muchas gracias
Los inmuebles para CABA,
Los inmuebles para CABA, tributan a valor de escritura (compra) o bien a la base imponible para impuestos provinciales o valuación fiscal (el que sea mayor).
Chequeá el Art. 22 de la Ley de Bs. Pers.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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