Estimado
Efectivamente un residente argentino (o empresa argentina) puede facturar servicios a una empresa residente en Chile. En este caso el comprobante a emitir deberá ser de exportación (tipo “E”) y presentar el mismo ante entidad bancaria para que esta libere el pago recibido en divisas a pesos argentinos conforme las normas del BCRA.
En cuanto al tratamiento tributario las exportaciones de servicios NO se encuentran alcanzadas por IVA, son materia imponible en el impuesto a las ganancias y, respecto de ingresos brutos, deberá analizarse lo dispuesto por cada código fiscal que, en su mayoría (y por pacto fiscal) se debería encontrar exento del impuesto.
Siendo monotributista no debe preocuparse por IVA y GANANCIAS. Respecto de INGRESOS BRUTOS vale lo dicho anteriormente.
Por último y siendo que Argentina ha denunciado su CDI con Chile será altamente recomendable que evalúe en el precio de su servicio la retención tributaria que sufrirá de parte de su cliente al momento de abonar la factura por servicios que va a presentar.
Si desea asesoramiento detallado sobre el punto estoy a su disposición.
Dr. Sergio Carbone
Contador Publico (UBA)
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