[quote=wikrabbit]
Hola,
me encuentro con la siguiente situación:
mi papá falleció y tenía un campo de 1100 hectáreas que todavía no fue dividido por los hijos que somos 2 y mi hermano me dijo que me tengo que inscribir en el afip para poder arrendar el campo mientra se hace la sucesión, pero me surgen las siguientes dudas:
1) Para hacer cualquier tramite necesito la clave fiscal?[/quote]
Sí, si fueras designado por los demás herederos como administrador de la sucesión o solicites el nombramiento vía judicial.
[quote=wikrabbit]
2) Con qué nivel de seguridad me tengo que registrar ya que en la web de la afip hay 4 niveles, pero no se cual es el más adecuado en este caso?
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Nivel 3 es suficiente, (ver + abajo)
[quote=wikrabbit]Cada nivel tiene un costo diferente o en lo económico no cambia en nada?[/quote]
no, no tiene costo.
[quote=wikrabbit]3) El campo va a ser arrendado. Qué categoría de monotributo hay que sacar? cuanto hay que pagar y cada cuanto tiempo?[/quote]
No creo q entres en categoría de monotributos, por los niveles de ingresos en los arrendamientos. Normalmente siguen con la misma inscripción que tenía tu padre, hasta la declaratoria de herederos (cuando el juez atribuye a todos los herederos los bienes)
[quote=wikrabbit]4) En este caso estamos hablando de un sucesión indivisa?[/quote]
Sí, porque aún no existe la división de los bienes heredables. Recordá q desde el 2011, en PBA, además existe el impuesto a la herencia.
[quote=wikrabbit]5) Qué documentación se necesita para realizar los tramites?[/quote]
Deberás presentar el formulario 460/F completando los siguientes campos:
· Marcar "Modificación de datos"
· Consignar el CUIT del causante
· Apellido paterno: Sucesión indivisa de .... (consignar el apellido del causante)
· Indicar fecha de fallecimiento.
El formulario deberá firmarlo el administrador de la sucesión. Si no está designado judicialmente, vas a tener que "conversar" en la agencia, si con una multinota con firma certificada de los demás herederos ( mas el certificado de defunción, más copias de las partidas de nacimiento y casamiento y eventualmente defunción del cónyuge) te permiten manejar el cuit de tu padre a través del tuyo.
En ambos casos vas a tener que acompañar los siguientes elementos:
- Fotocopia del testimonio judicial de la designación del administrador.
- Fotocopia del acta de defunción del causante.
Si éste hubiera incumplido su obligación de inscripción, se le dará el alta a la sucesión indivisa, en función de los datos filiatorios del mismo.
Además deberá acreditarse la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado, acompañando como mínimo 2 de las siguientes constancias:
1. Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
2. Acta de constatación notarial.
3. Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente o responsable.
4. Fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de "leasing", del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
5. Fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
6. Fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.
Adicionalmente, este Organismo requerirá a las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas, el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser "escaneado".
[quote=wikrabbit]6) Para hacer consultas personalmente en capital federal los únicos centros que hay son el de Rivadavia Nº 2690 e Hipólito Yrigoyen 370 PB?
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Sí, y la agencia según el domicilio de tu dni.
[quote=wikrabbit]
Desde ya, muchas gracias.
Saludos
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