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Si la deuda fue regularizada en Plan en su 100% podés volver a inscribirte a los pocos días de presentado el plan de pagos.
No hace falta que la deuda se cancele total, ni la primer cuota, ya que con la mera regularización en plan ya estás novando la obligación adeudada.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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