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Gabriel, según los datos que indicás (no estás hablando de actividad rural por lo que se ve) con tus Bienes pagás sólo Bienes Personales.
Ganancia Mínima Presunta se paga en contadas situaciones muy puntuales que no vale la pena traer.
En caso que pagaras Ganancia Mínima Presunta, se descuenta de dicho valor el Impuesto Determinado del Impuesto a las Ganancias y sólo pagarías si GMP es mayor a IG.
Si necesitás asesoramiento externo, tenés mis datos al pie del mensaje.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
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