Aclarà bien que règimen de Pensiòn por Invalidez tiene, para poder darte la respuesta correcta, ya que varian las incompatibilidades.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Aclarà bien que règimen de Pensiòn por Invalidez tiene, para poder darte la respuesta correcta, ya que varian las incompatibilidades.
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Estimada:
Interpreto que si es una RTI (retiro transitorio por invalidez) el cual se renueva cada dos o tres años; no tiene inconveniente en adherir al monotributo en actividad compatible a la invalidez (ej: Kiosco).
Ahora si lo que percibe es pensión no contributiva (otorgada por la comisión de pensiones asistenciales - MDS); al adherir al monotributo, dejará de percibir automáticamente dicha pensión.
Lo adecuado es adherir al monotributo social.
Saludos.