Buen dia:
La consulta es la siguiente, Cuando una sociedad de hecho, presenta una factura a un oganismo que es agente de retencion en los impuestos Iva, Ganancias, Suss.
Se debe efectuar la retencion del Impuesto a las Ganancias a la sociedad!?
Gracias
Ornella
Re: Sociedad de Hecho
Ornella, la sociedad de hecho, como tal, va a ser pasible de retenciones.
En el caso de las Retenciones de Ganancias, al momento de tener que presentar las declaraciones juradas personales (abril o mayo según el socio) se van a tomar como deducción el correspondiente de cada retención, según el porcentaje de participación que tengan en la misma.
Ej: la retención es de $100. Socio A 50% de participación y Socio B el otro 50%.
Al declarar Ganancias, cada socio se toma $50 por esa retención en particular, y así con todas las que hayan recibido en el período a declarar.
Espero te haya despejado la duda.
Cualquier cuestión o asesoramiento que necesites, podés comunicarte a mi mail.
Gabriel Sequino (CPN)
Gabriel Sequino
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