Encontraron esto útil
1) La ley solo reconoce a los que prestan servicios o lacaciones hasta la H. Si supera debe ser R.I.
Los que tienen comercio o se dedican a la venta de cosas muebles pueden estar en la categoría I, J y K pero están obligados a tener uno, dos y tres empleados respectivamente.
2) Es una politica del Banco. Obviamente los que están en locaciones tendrán mayor ganancia que los que están en ventas de cosas muebles por la sencilla razón que los vendedores tienen mas gastos que los prestadores de servicios.
Además en tu caso que estás en la I, te suman los gastos del empleado.
Saludos.-