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Por qué razón apropiarías una Factura B (lógicamente se emite "A Consumidor Final" salvo que tu empresa sea exenta en IVA) como Comprobante Fiscal válido contablemente para tu empresa?
Ojo porque podés estar ante un error bastante importante, ya que los Consumidores Finales no son Agentes de Percepción/Retención y sí lo es la empresa, pero para ello correspondería recibir una Factura A (siempre que sea inscripta en IVA).
Suerte!
Gabriel Sequino
Contador Público
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