"¿Cuánto tiempo debo esperar para volver a adherirme al Régimen Simplificado (Monotributo)?
En virtud del artículo 20 del Anexo de la ley Nº 25.865, y artículo 24 del Decreto Reglamentario, en caso de renuncia o exclusión, el contribuyente no podrá optar nuevamente por el monotributo hasta después de transcurridos 3 años calendarios posteriores al de sucedido el hecho. Para los casos de baja por cese de actividad podrá optar por el régimen sin limitación temporal."
Te dejo el mail del estudio por cualquier consulta: [email protected]
Atte.
Natalia Quiróz