Marlene, si vos tenés Residencia en Argentina, la normativa Argentina indica que vos debés tributar los ingresos de fuente argentina y extranjera, bajo el criterio de "Renta Mundial".
Todo lo deberías facturar mediante el mismo régimen (Monotributo, si te permite el total de la facturación o el Régimen General).
Si en Brasil, por las normativas propias de dicho país, pagás el impuesto análogo al Impuesto a las Ganancias de Argentina, ese impuesto lo podés descontar del impuesto que te generaría incorporar a tu DDJJ anual, la Ganancias de Fuente Extranjera.
Si necesitás asesoramiento al respecto, avisame.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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