Paula:
Modificación de datos y luego pagar la diferencia por la cuota de inclusión social.
Aqui va un link (página 11 y 12):
http://www.mrconsultores.com.ar/archivos/Capacitacion/2010/El_Nuevo_MONO...
El tema de IB debe estar inscripto y tributar al facturar. Depende de cada jurisdicción (CT) si exime o no a la actividad..
Saludos.