Estimado
Podrá practicar el alta para el mes corriente sin problema pero en cuanto a alta retroactiva se refiere deberá solicitar la modificación de inscripción en cada una de las jurisdicciones, algo complicado. Adicionalmente, si no ha tenido actividades, como manifiesta, no sería necesario realizar el mencionado trámite.
Recuerde que el impuesto sobre los ingresos brutos, en su hecho imponible, se perfecciona cuando se desarrollen actividades de carácter oneroso. Si no ha desarrollado actividades entonces no ha existido obligación de inscripción.
Sería necesario analizar el motivo de la inscripción en monotributo desde 2010.
Dr. Sergio Carbone
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