Hasta que tiempo se puede exigir el pago de impuestos generales de un municipio a un contribuyente?

>Me comunico por este intermedio para pedir me traigan un poco de luz para enriquecer mis conocimientos.
El caso puntualmente es que un municipio me exige un pago de una deuda por impuestos generales municipales , sustentado en una ordenanza que especifica que el deudor no debe ser anoticiado del pago de la deuda ya que el mismo conoce de su deuda para con el estado , la deuda es mayor a lo exigible ya que es retroactiva a un paso del tiempo mayor a los cinco años.
Me presente en la direccion de impuestos para pagarlos y me dijieron que no me podian cobrar ya que habia sido derivado a una oficina de tipo extrajudicial , me presente en la oficina varias veces ya que el representante municipal no se encontraba la mayoria de las veces y cuando lo encontre me dijo que la habia girado al juzgado de paz , me presente en el mismo donde me dijieron que debia presentarme con un representante ya que el caso se habia judicializado.
Les solicito si alguno de los integrantes del foro tenga conocimiento de algun caso que haya citado precedente de la incostitucionalidad de la exigencia , ya que no se me dio oportunidad de poder subsanar el inconveniente y se desvirtuo el objetivo del Municipio , que al menos yo entiendo es el de cobrar y no la de consfiscar al contribuyente de su patrimonio.
Sin mas los saludo atte.

Re: Hasta que tiempo se puede exigir el pago de impuestos ...

[quote=Jorge Cepeda]>Me comunico por este intermedio para pedir me traigan un poco de luz para enriquecer mis conocimientos. El caso puntualmente es que un municipio me exige un pago de una deuda por impuestos generales municipales , sustentado en una ordenanza que especifica que el deudor no debe ser anoticiado del pago de la deuda ya que el mismo conoce de su deuda para con el estado , la deuda es mayor a lo exigible ya que es retroactiva a un paso del tiempo mayor a los cinco años. Me presente en la direccion de impuestos para pagarlos y me dijieron que no me podian cobrar ya que habia sido derivado a una oficina de tipo extrajudicial , me presente en la oficina varias veces ya que el representante municipal no se encontraba la mayoria de las veces y cuando lo encontre me dijo que la habia girado al juzgado de paz , me presente en el mismo donde me dijieron que debia presentarme con un representante ya que el caso se habia judicializado. Les solicito si alguno de los integrantes del foro tenga conocimiento de algun caso que haya citado precedente de la incostitucionalidad de la exigencia , ya que no se me dio oportunidad de poder subsanar el inconveniente y se desvirtuo el objetivo del Municipio , que al menos yo entiendo es el de cobrar y no la de consfiscar al contribuyente de su patrimonio. Sin mas los saludo atte.[/quote]

Jorge Cepeda, buenos días.
Cada municipio tiene su ordenanza fiscal/tarifaria. Con lo cual para poder colaborar en resolver su duda, necesitaría saber de que municipio se trata.

Cualquier duda, a su disposición.