Batia, si bien la normativa indica claramente que ante la muerte de un Socio en una Sociedad de Hecho, el ente entra automáticamente en la disolución (dado el caracter personalísimo de los socios que componen una SH), esta situación imprevista puede traer aparejados algunos contratiempos impositivos (venta de inventarios y/o bienes de uso de la Sociedad en Liquidación, a la nueva sociedad, dado que disolver una Sociedad significa liquidar el Activo (vender) y cancelar el Pasivo (pagar).
Si no contás con un Profesional que te asesore en estos términos podés comunicarte con mi Estudio Contable para analizar el caso y poder resolver la situación conforme a la ley vigente.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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