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Si no son con fines comerciales, la diferencia entre la venta y la compra está exenta de ganancias.
Si lo hacés con fines comerciales, tenés que inscribirte en los impuestos, facturar por la venta y facturar al vendedor por la compra.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
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