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El contradocumento justamente es un documento PRIVADO ENTRE PARTES.
El documento público es la inscripción de la Sociedad en el registro público de comercio y ARBA le está reclamando a los socios que allí figuran.
Vos deberás hacerte cargo de dicha deuda (o la socia, en el porcentaje que a cada uno le corresponde) y luego harás juicio a la persona con la que firmaste el contradocumento, pero de forma privada, no para cubrirte contra ARBA, sino para reclamar lo que tuviste que pagarle a ARBA.
Se comprende?
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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