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Cuando vos vendés una propiedad, para aplicar a una nueva compra con el producido de esta, podés pedir la exención de ITI.
Acá te paso la normativa para que puedas analizarlo.
http://www.afip.gov.ar/iti/#Cnr
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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http://www.estudiocontablegs.com.ar