Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

Hola, me he anotado el mes pasado en monotributo categoría más baja e IIBB en Pcia. de Buenos Aires.

Mi actividad es programador, por lo que he leído debo pagar 3,5% de alícuota de acuerdo a la categoría inscripto.

Mis dudas son:

1. Me han comentado que no puedo utilizar Arbanet por el momento, y que tengo q utilizar el aplicativo de IIBB para el SIAP. Esto es así? Cuánto demora la inclusión en Arbanet? Me avisan?

2. Suponiendo que hago la presentación ahora en Febrero, debo hacer el cálculo sobre lo que facturé el mes anterior? O sea, durante todo Enero? O va desde el 21 de Enero hasta el 21 de Febrero? (21 de Febrero debo presentar la declaración y pagar)

3.Para hacer el cálculo con la alícuota, suponiendo que facturé $2.000, le aplico directamente el 3,5% y eso es lo que debo pagar? ($70). O a la facturado debo restarle el pago de monotributo previamente para hacer el cálculo?

4. Si un mes no tengo facturación o la facturación es poco, debo hace la presentación sin pago? O debo pagar un mínimo? Dónde figura ese mínimo y cómo me entero cuándo se actualiza?

Muchas gracias por la ayuda!

 

 

Re: Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

Delavega, vamos por parte ante tus inquietudes:

Desde el primer mes de actividad hasta que no presentes tu DDJJ anual, vas a estar inscripto bajo el régimen mensual (anteriormente bimestral). Luego de la DDJJ, si corresponde el régimen de ARBANET, será cuestión de pasar a ese, sino seguir liquidando como antes (esto va por un parámetro de facturación anual, que según comentás no creo que alcances para quedar en el mensual).

El período que tenés que tener en cuenta para liquidar tus impuestos según lo facturado es por mes calendario (del 1 al final del mes). La fecha de pago será el 21 en febrero, pero el cierre del período es el último día del mes anterior.

La base imponible es lo facturado (neto gravado). No se descuenta ningún pago realizado por otro concepto.

Si durante un período no facturás o facturás poco para no llegar, vas a tributar por la base imponible siempre que tu caso quede encuadrado según lo que dice el Código Fiscal en el Art. 200 "ejerzan profesiones u oficios no organizados en forma de empresa. O sea, siempre que seas profesional o trabajador de un oficio a nombre personal, no debés pagar un mínimo de $74 (según tu alícuota, por una base imponible de 2114.29.

Ese importe de $74 se actualiza según las modificaciónes del Código fiscal que saca ARBA cada año.

Por otra parte tené en cuenta que podés descontarte las retenciones por pagos que te hagan, las percepciones que figuren en las facturas de compras y las retenciones que te hacen en tu cuenta bancaria como pago a cuenta para descontar de la DDJJ mensual (siempre y cuando no sean de hasta 2 meses atrás).

Si algún mes tenés saldo a favor porque lo que te retuvieron como pago a cuenta es mayor a lo que devengaste según lo facturado, ese monto se traslada al otro mes (no se pierde).

IIBB se puede pagar por Home Banking, y solo hace falta presentar la ddjj por internet y no tenés que ir a ARBA a hacer ninguna presentacion todos los meses.

Por ultimo, el pago de $74 que hiciste se toma como pago a cuenta del primer mes donde facturaste. Si es mayor a lo que devengaste se toma como pago único y no se te devuelve nada (solo en ese mes lo que debería ser un saldo a favor se pierde).

Si corresponde pagar una diferencia, se toma ese monto a descontar de lo que vayas a pagar por lo facturado.

Te recomiendo contactarte con un contador a quien delegarle esta tarea, ya que quizás puede sonar facil hacerlo en un principio, pero hay cuestiones que siempre nosotros estamos más al corriente para no hacer macanas al presentar las ddjj y pagar lo correspondiente (ni de más, ni de menos).

Cualquier asesoramiento que necesites podés contactarme sin problema.

Un saludo.

Gabriel Sequino

Contador Público (UBA)

 

Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar

Re: Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

Si tenés una facturación que en el último año no fue superior a $300.000,00, corresponde que tributes mediante el sistema ARBANET.

ARBA te tiene que notificar que estás excluido del régimen general y debés tributar mediante ARBANET.

 

Un saludo.

Gabriel Sequino

Contador Público.

Gabriel Sequino
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Re: Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

Dejo una última que me surgió respecto a la recategorización del monotributo.

Como comentaba, estoy inscripto desde el mes pasado en la categoría más baja (hasta $24.000 al año).

Estimo que al término de este cuatrimestre pueda afortunadamente facturar más de $2.000 por mes, por lo que seguramente deberé recategorizarme.

Suponiendo que tenga esta facturación (estoy tirando números inventados):

Enero: $ 3.000

Febrero: $ 4.000

Marzo: $ 4.500

Abril: $ 5.500

Total facturado en el primer cuatrimestre: $17.000

Ahora, para recategorizarme, no me queda bien claro algo. Se me ocurren 2 formas:

Opción 1. Si tengo en cuenta lo que dice la web de la AFIP, que debo tomar los últimos 12 meses de facturación, mis últimos 12 meses son iguales a los de este cuatrimestre, o sea, $17.000 (los anteriores no tuve facturación dado que me inscribí el mes pasado). Por ende, no debería recategorizarme.

Opción 2. Leyendo este artículo del Consejo de Ciencias Económicas de Córdoba: http://www.cpcecba.org.ar/noticias.asp?idn=4428 en la parte donde dice "Inscriptos recientes", menciona que los inscriptos recientes debemos hace un cálculo promedio. En mi caso ejemplo sería, $17.000 dividido 4 meses, me daría $4.250 por mes y este número multiplicado por 12 meses, me daría $51.000 en el año. Siguiendo este razonamiento, en Mayo debería recategorizarme a la categoría E (hasta $72.000).

Cuál de las 2 opciones es correcta? Me suena lógica la opción 2, pero no encuentro en ningún lugar en el sitio de la AFIP que diga que debo hacer el cálculo de esta forma.

Una vez más, muchas gracias. 

 

 

 

 

 

Re: Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

[quote=delavega]

Gabriel, muchas gracias.

Entonces, mientras ARBA no me notifique que estoy en ARBANET, sigo utilizando el aplicativo de IIBB mensual del SIAP?

Gracias!

[/quote]

 

Así es Delavega. ARBA te va a intimar a pasar al régimen general y te va a dar el período desde el cual será.

Un saludo.

Gabriel Sequino
Contador Público
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Re: Consulta cálculo de IIBB provincia de Bs. As.

Delavega, mientras no tengas cumplidos los 12 meses de antigüedad en el Monotributo, vas a tener que "anualizar los ingresos que tuviste (eso significa llevar esos meses y traspolarlos a un año). Si durante el primer cuatrimestre facturaste un promedio de 4000 anual (ejemplo), anualizar a 4000 mensual a 12 meses (o sea 48000 anual) y ahí evaluás la categoría que te corresponde.

 

Un saludo.

Gabriel Sequino
Contador Público
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