Facilidades de Pago en Buenos Aires

La Dirección de Rentas dictó, con fecha 10 de enero de 2006, la Resolución 36/06 (GCBA) disponiendo un plan de facilidades para deudas menores a $ 3.600.- para impuestos y tasas locales, con expresa excepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Damos a continuación los aspectos salientes de este nuevo plan.

ASPECTOS GENERALES

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El nuevo plan de facilidades de pago comprende las deudas en mora por los siguientes conceptos:

- Contribución de alumbrado, barrido, limpieza, territorial, pavimentos y aceras.

- Patentes de vehículos

- Publicidad

- Mejoras

- Uso y ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo en la vía pública

- Embarcaciones deportivas o de recreación

- Abasto

- Volquetes

- Quioscos de flores

- Mesas y sillas

Las obligaciones deberán haber vencido con anterioridad al 1/1/2006 y siempre y cuando medie un plazo de 90 días corridos entre el vencimiento y la presentación del plan. Las obligaciones devengadas con posterioridad deberán cancelarse al momento de la presentación del plan para que éste sea considerado válido.

También pueden regularizarse las deudas originadas en la caducidad de planes de facilidades con excepción de las provenientes de la Res. S.H. y F. 2.722/04 o en otros planes que no hubieren significado novación.

Para cada gravamen la deuda no podrá superar los $ 3.600.- por todo concepto, incluidos intereses por la mora calculados hasta el último día del mes de la presentación.

Los planes caducos serán considerados como deuda independiente de los tributos, es decir que para ellos habrá un tope de $ 3.600.- con independencia de su origen

EXCEPCIONES

Básicamente quedan fuera del plan

- Impuesto sobre los ingresos brutos

- Multas de cualquier naturaleza

- Deudas transferidas a mandatarios para su cobro

- Deudas de contribuyentes en concurso preventivo o fallidos.

- Deudas de los agentes de recaudación por gravámenes retenidos o percibidos y no ingresados, o

depositados fuera de término

- Contribuyentes o responsables querellados o denunciados penalmente por el Fisco por la comisión

de delitos que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones fiscales.

- Los contribuyentes o responsables con procesamiento firme por denuncia o querella de terceros, por

delitos que tengan que ver con el incumplimiento de obligaciones tributarias.

beneficios

  1. Por pago al contado se condonan los intereses resarcitorios en su totalidad.
  2. En el caso de cancelación en cuotas se condonará el 50% de los intereses por mora y totalmente los intereses por financiación.

Los planes en cuotas no deberán superar las 6 mensualidades, iguales y consecutivas, siendo la fecha de vencimiento de la primera el 25 del mes siguiente al del otorgamiento del plan. Cada cuota no podrá ser menor de $ 25.- excluidos intereses.

VALIDEZ DEL ACOGIMIENTO

Deberá reconocerse toda la deuda del gravamen por el cual se presente el contribuyente al 1/1/2006. Esto significa que no se aceptarán presentaciones parciales.

La primera cuota debe abonarse al vencimiento, sin mora.

Al momento del acogimiento deberán estar al día las obligaciones del año 2006, para el impuesto en cuestión.

ALLANAMIENTO.

Como generalmente ocurre, reconocer una deuda implica allanarse a la pretensión fiscal. Por lo tanto acogerse al plan significa que existe consentimiento pleno respecto de la conformación de la deuda total del impuesto de que se trate.

CADUCIDAD

El atraso de más de 90 días corridos en el pago de la segunda cuota o de las siguientes producirá la caducidad del plan y sus beneficios. En tal caso, los pagos efectuados serán considerados pagos a cuenta.

MORA

En el caso de que los pagos sean ingresados en mora sin producir la caducidad del plan, los mismos estarán sujetos a los intereses previstos en el Código Fiscal.

VIGENCIA DEL PLAN

El plan vence el 31 de marzo de 2006, es decir que la presentación deberá efectuarse hasta esa fecha, inclusive.

FORMA DE PRESENTACIÓN

Al momento de escribir estas líneas la Dirección de Rentas sugiere esperar hasta el 20 de febrero para efectuar las presentaciones, ya que si bien el plan “se encuentra operativo” está haciéndose la prueba del sistema en la presente semana.

Buenos Aires, 14 de febrero de 2006

Estudio Héctor Blas Trillo
[email protected]
(011)154-4718968

Como citar este texto: 

Ecotributaria (14 de Feb de 2006). "Facilidades de Pago en Buenos Aires". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/ecotributaria/facilidades-pago-buenos-aires (Consultado el 13 de Mayo de 2021)